EN 172/A2:2002 Protección individual del ojo. Filtros de protección solar para uso laboral.

EN 172/A2:2002 Protección individual del ojo. Filtros de protección solar para uso laboral.
Esta norma europea especifica aspectos referentes a los filtros solares para uso laboral.
Las demás especificaciones aplicables a este tipo de vienen dadas en la Norma EN 166.


1. Concepto de filtro solar
El cometido principal de los filtros solares consiste en proteger el ojo humano contra una radiación excesiva, así como aumentar la comodidad y la percepción visuales. La elección del filtro dependerá del nivel de iluminación ambiental y de la sensibilidad individual al deslumbramiento.
Además de una cierta absorción de la radiación visible, los filtros deben asegurar la protección del ojo en las regiones espectrales ultravioletas y en ciertos casos, en las infrarrojas.


2. Número de escala y utilización de los filtros solares
5-1.1; 6-1.1: Sólo para ciertos filtros fotocrómicos en el estado claro y para el rango de mayor transmisión en el visible de los filtros degradados.
5-1.4; 6-1.4: Como filtro muy claro
5-1.7; 6-1.7: Como filtro claro
5-2; 6-2: Como filtro universal en la mayoría de las situaciones
5-2.5; 6-2.5: Generalmente utilizado en CentroEuropa
5-3.1; 6-3.1: Generalmente en regiones tropicales y subtropicales, para la observación del cielo, en alta montaña, superficies nevadas, extensiones de agua brillante o arena, canteras de tiza o pizarra. No recomendado para la conducción vial. Muy oscuro.
5-4.1; 6-4.1: Para las radiaciones muy intensas. No apto para la conducción vial. Extremadamente oscuro.
* Clase de protección:
Nº de código 5: Si el filtro no tiene requisito de filtro infrarrojo
Nº de código 6: Si el filtro tiene requisito de filtro infrarrojo

* Los filtros con clase de protección de 6-1,1 a 6-4,1 presentan una elevada absorción de radiación infrarroja